lunes, 16 de mayo de 2011

Los progresistas está que trinan


Repitiendo viejos errores,
la progresía sangra por la herida.


Cómo se dijo días atrás, la publicación de Universæ Ecclesiæ no les iba a gustar a los Fishwrap (1).
Para muestra del llanto equívoco que exhalan (pues toda esta cháchara que va abajo se basa en un descomunal error consistente en considerar abolida a la Misa Tridentina, cuando San Pio V la promulgó a Perpetuidad y Benedicto XVI ha proclamado que jamás fue abrogada), publicamos nuestra traducción de un artículo del liturgista Andrea Grillo, cuyo original en Italiano se puede consular Aquí.


Mayor incertidumbre después de la infelíz Instrucción
Universæ Ecclesiæ,
que debió llamarse Contraversæ Ecclesiæ


Proféticamente, el día después de la promulgación, en julio de 2007, del Motu Proprio Summorum Pontificum, el Card. Ruini había advertido sobre "el riesgo de que un documento promulgado precisamente para unir más a la comunidad cristiana, fuera utilizado para dividirla".
La necesidad de la Carta a los Obispos que lo acompañaba, como la presente Instrucción (Universæ Ecclesiæ) que lo aclara, indican que el augurio ha dado en el clavo: Como consecuencia de aquel documento, la división es una posibilidad real, que ahora podría llevarse a cabo con mayor facilidad.

Es necesario reconocer que el “monstruo” era tal desde el principio. Cuando se quiere revivir una tradición reanimando un rito “abolido”, como aquel vigente en 1962, obstinándose en asumir hechos que no existen, y en construir ficciones jurídicas sin sustento real, con la pretensión de que un equilibrismo audaz y riesgosísimo conciba una doble vigencia paralela de dos formas diferentes y en tensión del mismo Rito Romano, el nudo de la contradicción está destinado a ajustarse cada vez más.
Y con cada comisión que se instituya, con cada consulta que se prevea, con cada DVD con instrucciones para aprender la misa preconciliar que se distribuya, con cada “derecho de los fieles” que se reconozca, la confusión y el extravío aumentarán cada vez mas.

El último eslabón de la cadena, la Instrucción Universæ Ecclesiæ, resulta prisionero de un problema estructuralmente insoluble: ¿cómo se puede “intruir” sobre una contradicción patente? Cuanto más se enseña, menos se entiende.
Si de improviso, y no sabemos todavía en base a qué principio jurídico o tradicional, un rito “que no está más vigente”, superado por la versión reformada de sí mismo, entra por arte de magia en vigor y pretende merecer el mismo respeto que aquello que, intencionalmente, lo ha enmendado, renovado y superado, todo sufre una especie de deformación irremediable.
Cuando se toma a los apegos y a la nostalgia como principio del ordenamiento eclesial, no se irá muy lejos.

En efecto, sobre la base de este punto de vista altamente problemático, cualquier sacerdote puede optar por celebrar la misa con la forma que prefiera, diciendo que la celebrará “en privado”. Muy instructivo: dos contradicciones individualistas superpuestas, no son más que una ironía de celebración y de identidad.

Por otro lado, cualquier grupo de fieles tiene el derecho a la celebración de la misa según el rito antiguo. Y ahora se dice, con la precisión de una eclesiología de supermercado o de cine multisala
que un “grupo estable” puede estar formado por un fiel de Bérgamo, otro de Vicenza, tres de Como y uno de Novara. Lo cual es muy instructivo sobre la naturaleza comunitaria de la Iglesia.

Es más, la lógica del modo “Extraordinario” es tan excepcional que, cuando choca con la realidad, tiene la fuerza suficiente para derogar la misma Ley. Porque cuando el Código de Derecho Canónico vigente es incompatible con las rúbricas del rito abolido... no hay problema alguno: se debe aplicar la Ley vigente en 1962, o sea el código de 1917... ¡que ya no rige hoy! No importa: es justo, en efecto, que al rito abolido le correspondan leyes que también lo están. ¿Hay algo que pueda ser más instructivo de la coherencia entre un rito y una ley ya abolidos?

Pero aún reconociendo que normalmente no hay ordenaciones celebradas en el rito extraordinario, aún así, en algunos casos una excepción es posible, y a alguien se le da la facultad de ordenar según el rito preconciliar.
¿Cómo puede no ser instructiva esta aclaración puntual, sobre las excepciones a la sacrosanta intangibilidad del rito ordinario?

Luego está la cuidadosa tipificación del “sacerdote” considerado “idóneo” para la celebración del rito abolido. Es cierto que deberá vérselas con el Latín, pero manejar las cinco declinaciones, y tener alguna experiencia de los paradigmas verbales son condición suficiente para cumplir los requisitos básicos, que “satis est – ya es mucho” para que la forma más formal esté a salvo y, por lo tanto, sea válida. Que sepa el rito en su estructura, se debe presumir en base a la “espontaneidad” con la cual el sacerdote lo solicita: aquí el efecto instructivo raya con una sutil y complaciente ironía.

Muchos detalles de la nueva Instrucción, de los cuales hemos citado sólo los más llamativos, ilustran bien la cadena interminable de paradojas –observadas con diversa preocupación- en las que se cae cuando se pierde el sentido de la realidad, y se toma el camino del ensueño, de la ilusión y de la mistificación.

¿Qué significa que ahora deberemos insertar, en el misal de 1962, nuevos santos y prefacios? ¿Cómo se puede pensar en reformar un rito que ya ha sido reformado, con todos los santos nuevos, nuevos prefacios, nuevas oraciones colectas, sobre las ofrendas y poscomunión, nuevas lecturas y nuevas plegarias eucarísticas? ¿Tenemos necesidad de agregar santos y prefacios al rito abolido en 1962? ¿Es que no estamos en 2011? ¿Nos hemos despertado de improviso de un sueño de 49 años? ¿Cómo no darse cuenta de que esta lucha en el vacío y con el vacío, sólo sirve para confundir y desperdiciar fuerzas y energías?

Luego de todo esto: ¿no nos estamos ocupando demasiado de estas quimeras sin futuro?
El rito de 1962 no está más vigente desde el momento en que el Papa Pablo VI aprobó su reforma. Desde este punto de vista, el rito romano está tradicionalmente vivo y floreciente dentro de la nueva forma. Mientras que la forma y el uso definido provisoriamente en 1962, por explícita declaración del Papa Juan XXIII, esta ahora superado, agotado, sin ninguna vigencia ni tradición. Cualquier tentativa de negar esta evidencia, produce ilusión, contradicción y desorientación.

La intención del Motu Proprio era solucionar las heridas del cisma lefevbriano. Luego de casi cuatro años, y con todo lo que ha sucedido desde el 2007 en adelante, podemos decir con seguridad: non expedit.
La instrucción dice, en cambio, que el Motu Proprio"ha hecho más accesible a la Iglesia universal la riqueza de la liturgia romana." O sea, pretende desvincular el proveído de la justificación contingente que lo había motivado originalmente.
Se espera de una Instrucción que resuelva el problema –pero aquí no hay nada verdaderamente resuelto- no que haga teología especulativa –y aquí, por desgracia, nos atrevemos a hacerla con mucha facilidad.

La Cereza de la torta es el título: Universae Ecclesiae. La Iglesia Universal, en verdad, no está apasionada por los temas de esta Instrucción en la que no se ve reflejada.
En efecto, para hacerla participar, hubiera sido necesario incluírla al menos en el título. Propiamente debe decirse que las reivindicaciones del documento generan una iglesia Múltiple cuando no Controvertida.
La Comisión que redactó el texto se llama Ecclesia Dei, pero este nombre deriva del documento que le dio origen: “Ecclesia Dei afflicta”. Por desgracia, sólo aflicción y no reconciliación parecen provenir de esta infelicísima Instrucción.

(1) Fishwrap: Expresión usada en USA para referirse a un periódico que no cumple su cometido, y que sólo puede ser útil dando sus hojas para envolver pescado. Un blog tradicionalista, de habla inglesa, utiliza esta expresión para referirse a los blog's progresistas.

7 comentarios:

Página Católica dijo...

Por favor, deje su comentario. Muchas gracias.

Anónimo dijo...

Mucha argumentación jurídica; pero olvida un detalle: el CDC tanto el de 1917 como el de 1983 aclaran que el Sumo Pontífice es además el Supremo Legislador con potestad directa e inmediata sobre toda la Iglesia Romana. Se podrán discutir implicancias pastorales, pero nunca la validez jurídica de una decisión del Papa.
Saludos Enrique.

Anónimo dijo...

Pero, este Grillo ¿dónde estudio teología? ¿De dónde sacó que el Novus Ordo de Paulo VI abolió el Ordo Antiquior? ¿Acaso no ha sido el mismo Benedicto XVI quien ha aclarado, con todo el peso de su autoridad, que el Misal de 1962 no estuvo jamás abolido?
Este "teólogo" no puede disimular el fastidio que le causa el venerable rito dámaso gregoriano. Personas como él no soportan la inmensa riqueza litúrgica de la Iglesia. En realidad, odian el rito antiguo. ¿Por qué? Mysterium iniquitatis.

Raúl Benjamín dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Raúl Benjamín dijo...

Leo, leo, leo, y en la opinión de este teólogo solo sale a relucir el odio que le produce una misa tan piadosa. ¡yo no lo entiendo!, ¿quién puede?
Pero siguiendo su razonamiento y si tuviera razón, si SS Juan XXIII derogó a SS San Pío V, y Pablo VI a su vez derogó a Juan XXIII, ¿qué impide que con esto, SS Benedicto XVI esté derogando a Pablo VI?, ¿tiene menos potestad?
El perro rabioso se muerde a sí mismo.

Fernando Romero dijo...

El articulista incurre en un error: la misa es tal en tanto ocurren la liturgia de la Palabra y el Misterio de la Transubstanciación. Si sólo fuese válida la "misa moderna", ¿adónde habrían ido a parar todas las misas tridentinas que se celebraron desde la de Nuestro Señor en el Jueves Santo? ¿Qué sería de los bienes espirituales y materiales de ellas emanados? ¿Vamos a ser tan orgullosos de pensar que la Iglesia se inició con esta liturgia? La Iglesia es universal en tanto llegue a todos los pueblos, y tener un instrumento en común como la misa trídentina ayuda a ese fin. Aún más, habría que prestar atención a algunos intentos de "facilitar" el acceso del pueblo de Dios a los misterios sagrados, para lo cual se acude a simplificaciones que les sacan sustancia. El Espíritu Santo le dará a cada fiel entendederas para apreciar la verdad.

Anónimo dijo...

El "professore" poliGrillo metió las antenas, es decir, la patita, donde no debía. De derecho canónico no sabe "un corno".
Por ejemplo: No nos informa dónde está la derogación del Rito Gregoriano, ni tampoco si, de existir esta norma, puede enfrentarse con éxito con la "perpetuidad" establecida en Quo primum tempore, que incluye privilegios de celebración perpetua, indultos adelantados para quien desobedezca una eventual derogación, excepciones varias y anticipa el desprecio de San Pedro y San Pablo para quienes no respeten la Bula.
Ni el código de 1917 ni el actual, existe la "derogación" automática, o el llamado "desuetudo" (abrogación de un derecho por haber sido dejado de usar durante mucho tiempo) como formas de derogación de la ley eclesiástica. Al contrario: cuando ciertas leyes contemplan exepciones o privielgios, éstos subsisten aún cuando se derogase expresamente la norma general. Habría hecho falta, pues, una derogación expresa. ¿Dónde está, grillito...?
Las amenazas de cismas y violencias futuras son macaneo puro; por supuesto que existen, pero están provocadas por los modernistas exclusivamente y no tienen como causa una eventual "disputa litúrgica" sino la mera, simple y llana apostasía de la mayor parte de los obispos. Y el cisma; sí: cisma. Desobedecen al Papa para "obedecer" al Concilio Vaticano II (según ellos), pero deberían saber que quien acude a la autoridad de un Concilio contra una resolución soberana del Papa, incurre ipso facto en censura, por cisma, sin atenuantes (cc. 333 § 3; 1629 § 1; 1372 CIC).
Saludos