lunes, 12 de agosto de 2013

Lex dubia non obligat


Hoy nos dejaron sin Misa

Por Montazzer al Shufie


Cediendo no evitarán la tormenta

Lea abajo el último artículo del Prof. Roberto de Mattei sobre los Frailes de la Inmaculada



Llegué puntualmente a la parroquia Ntra. Sra. de la Guardia en San Justo, Pcia. de Buenos Aires, a pesar del intenso tránsito vehicular originado por las elecciones que se acaban de celebrar en nuestro país.

Eran las 17,00, extraña hora para asistir a Misa en una nación donde los intensos vínculos familiares y amicales todavía existentes, Deo gratias, exigen continuar la sobremesa o recibir a alguien para el mate o el té.
Precio que hemos tenido que pagar los parias del Modo Extraordinario, como tributo a esa ciudadanía de segunda con que nos han investido quienes se dignan autorizar lo que el derecho nos acuerda independientemente de su consentimiento.

El lugar inusualmente cerrado y vacío me hizo palpitar la realidad que fue comunicada enseguida. Contrariamente a lo anunciado el domingo anterior, y en razón de que el Decreto de intervención que afecta a los Frailes Franciscanos de la Inmaculada había sido firmado el 11 de Julio, éste entraba en vigencia a partir de las primeras horas del 11 de Agosto, por lo cual la misa no podía ser celebrada como se había anunciado.

Mejor no cuento en este espacio católico lo que sentí y expresé en aquel momento. Sólo recordaré que le dije a una persona de las que allí estaban: "si los frailes piensan que quedándose ellos y la gente sin Misa van a evitar el proceso de destrucción que con toda probabilidad, y de acuerdo a lo que hemos visto en casos similares acaecidos en Buenos Aires, caerá sobre el Instituto, se equivocan fiero".

Finalizando el Domingo, y luego de enterarme que el hijo espiritual del Cardenal Bergoglio, rabino Bergman que se refirió oportunamente al actual Papa como su Gran Rabino y que había firmado un proyecto de ley de aborto, había perdido las elecciones frente a la izquierda nativa; luego de eso, di con un artículo que acaba de publicar el prof. Roberto de Mattei. bajo el título "Lex dubia non obigat - Ley dudosa no obliga", excelente trabajo que ponemos a consideración de nuestros lectores en una traducción propia.

Allí dice de Mattei que el positivismo se ha metido dentro de la Iglesia, y por eso se ha extendido la costumbre servil de obedecer al que manda, aunque para ello haya que violar el derecho que tiene a Dios como fuente y fundamento.

Pero saliendo del marco filosófico y legal, lo que más me llamó la atención fue el párrafo que el profesor usa para cerrar la nota, y que coincide plenamente con lo que, un tanto enojado, dije al saber que nos quedábamos sin Misa:

Quizá pocos se animarán a hacerlo (decir la Misa aun sin permiso), pero ceder para evitar males mayores, no servirá para alejar la tempestad que se cierne sobre el Instituto y sobre la Iglesia.

Confieso, con vergüenza, que cierta satisfacción sentí al advertir la coincidencia de opinión con tan prestigioso intelectual católico.

Kyrie eleison, Christe eleison, Kyrie eleison


Por Prof. Roberto de Mattei

El «caso» de los franciscanos de la inmaculada pone en el tapete una cuestión de orden canónico, moral y espiritual, que a menudo apareció, y a veces explotó, en los años del postconcilio: el problema de la obediencia a una ley injusta.
Una ley puede ser injusta, no sólo cuando viola la ley divina o la ley natural, sino también cuando trasgrede una ley eclesiástica de orden superior. Este es el caso del decreto del 11 de Julio pasado con el cual la Congregación para los Institudos de Vida Consagrada estableció el comisariato de los Franciscanos de la Inmaculada.

La conculcación del derecho no está en el establecimiento del Comisariato, sino en la parte del Decreto que pretende obligar a los Franciscanos de la Inmaculada a renunciar a la Misa según el Rito Romano Antiguo.
Existe, en efecto, además de la Bula Quo Primun de San Pío V (1570), el motu proprio de Benedicto XVI Summorum Pontificum (2007), esto es, una Ley Universal de la Iglesia que concede a todo sacerdote el derecho de “celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgado por el Beato Juan XXIII en 1962 nunca derogado, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia”.

El artículo 2 del Motu Proprio, especifica que no es necesario permiso alguno ni de la Sede Apostólica ni del Ordinario para la celebración de la Misa sin pueblo.

El artículo 3 añade que no sólo el sacerdote, sino "las comunidades de los Institutos de vida consagrada y de las Sociedades de vida apostólica, tanto de derecho pontificio como diocesano, que deseen celebrar la Santa Misa según la edición del Misal Romano promulgado en 1962 en la celebración conventual o «comunitaria» en sus oratorios propios, pueden hacerlo."
En el caso de que una sola comunidad o un entero Instituto o Sociedad quisiera "llevar a cabo dichas celebraciones a menudo o habitualmente o permanentemente, la decisión compete a los Superiores mayores según las normas del derecho y según las reglas y los estatutos particulares."

No es necesario, en este caso, acudir al auxilio de la Ley divina o natural, basta con el derecho canónico. Un eminente jurista como Pedro Lombardia (1930-1986) rcuerda que el canon 135, parágrafo 2, del nuevo Derecho Canónico sanciona el principio de la legalidad del legislar, en el sentido en que "la potestad legislativa ha de ejercerse en el modo establecido por el derecho", especialmente en los cánones 7 a 22, que constituyen el título dedicado por el Código a las Leyes eclesiásticas (P. Lombardia, Lecciones de derecho canónico, Giuffré, Milán 1986, p. 206).

El Código recuerda que leyes eclesiásticas universales son aquellas "promulgadas en el boletín oficial de las Acta Apostolicæ Sedis" (can 8); y que "obligan en todo el mundo a todos aquellos para quienes han sido dadas" (can 12 – §1); precisa que "Las leyes que establecen alguna pena, coartan el libre ejercicio de los derechos, o contienen una excepción a la ley se deben interpretar estrictamente" (can. 18); establece que "La ley posterior abroga o deroga a la precedente, si así lo establece de manera expresa, o es directamente contraria a la misma, u ordena completamente la materia que era objeto de la ley anterior" (can. 20); afirma que "En caso de duda, no se presume la revocación de la ley precedente, sino que las leyes posteriores se han de comparar y, en la medida de lo posible, conciliarse con las anteriores". (can 21).

Por otro lado, el artículo 135 establece el principio fundamental de la jerarquía de la norma, en virtud del cual "tampoco puede el legislador inferior dar válidamente una ley contraria al derecho de rango superior". Ni un Papa puede abrogar un acto de otro Papa, si no guarda la debida forma.
Una regla indiscutible, de orden jurídico y moral, establece que ha de prevalecer el derecho derivado de una orden superior, que se refiere a una materia más universal y de mayor importancia, y que posee un título más evidente (Regis Jolivet, Tratado de Filosofía Moral, vol I, Morcelliana, Brescia 1959, pp.171-172)

Según el canon 14, además, la norma canónica, para ser obligatoria, no debe ser susceptible de duda de derecho (dubium iuris), sino que debe ser cierta. Cuando falta la certeza del derecho, rige el axioma "lex dubia non obligat - la ley dudosa no obliga".
Cuando nos enfrentamos frontalmente a la duda, la gloria de Dios y la salvación de las almas prevalecen sobre las consecuencias concretas que puede acarrear un acto en el plano personal.
El nuevo Código de Derecho Canónico recuerda en efecto, en su último canan, que en la Iglesia, siempre debe ser "Ley suprema" la "salvación de las almas" (can 1752).

En su conferencia sobre la "salud de las almas" como principio del ordenamiento canónico, dictada el 6 de Abril de 2000, el Cardenal Julián Herranz, Presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, ha afirmado que éste es el supremo principio ordenador de la legislación canónica.
Todo ello presupone una reflexión articulada, que está ausente del debate, porque a menudo se olvida el fundamento moral y metafísico del derecho.

Hoy en día prevalece una concepción meramente legal y formalista, que tiende a reducir el derecho a un mero instrumento en la mano de quien detenta el poder (cfr. Don Arturo Cattaneo, Fundamentos eclesiológicos del Derecho Canónico, Marcianum Press, Venecia 2011).
Según el positivismo jurídico que ha penetrado en el interior de la Iglesia, es justo lo que la autoridad promulga.
En realidad, el Ius divinum es el fundamento de toda manifestación del derecho y presupone la precedencia del Ius respecto al Lex.
El positivismo jurídico invierte los términos y antepone el ejercicio de la ley a la legitimidad del derecho. En las leyes se ve sólo la voluntad del gobernante, y no el reflejo de la ley divina, por la cual Dios es el fundamento de todos los derechos. Él es el derecho vivo y eterno, principio absoluto de todos los derechos (cfr. Ius divinum de Juan Ignacio Arrieta, Marcianum Press, Venecia 2010).

Es por eso que, en caso de conflicto entre la ley humana y la ley divina, "debemos obedecer primero a Dios antes que a los hombres" (Hc. 5,29).
Se debe obediencia a los superiores porque representan la misma autoridad de Dios, y ellos la representan en cuanto custodian y aplican la ley divina.
Santo Tomás afirma que es mejor enfrentar la inmediata excomunión de la Iglesia, y refugiarse en tierras lejanas, donde el brazo secular no llega, antes que obedecer una orden injusta: «ille debet potius excommunicatione, sustinere (…) vel in alias regiones remotas fugere» (Summa Theologiae, Suppl., q. 45, a. 4, ob. 3).

La obediencia no es sólo un precepto formal que exige el sometimiento a la autoridad humana: es antes que nada, una virtud que nos encamina hacia la perfección.
Abraza perfectamente la obediencia, no quien obedece por interés, temor servil, o respeto humano, sino quien elige la verdadera obediencia, que es la unión de la voluntad humana con la divina.
Por amor a Dios debemos estar prontos a esos actos de suprema obediencia a su ley y a su Voluntad, que nos liberarán del vínculo de una falsa obediencia que nos hace correr el riesgo de perder la fe.
Por desgracia hoy está vigente un mal entendido sentido de la obediencia, rayano a veces con el servilismo, por el cual el temor a la autoridad humana prevalece sobre la afirmación de la verdad divina.

La resistencia a órdenes ilegítimas, es a veces un deber de cara a Dios y a nuestro prójimo, que tiene necesidad de gestos de ejemplar contenido metafísico y moral.
Los Franciscanos de la Inmaculada han recibido y aceptado de Benedicto XVI  el bien extraordinario de la Misa Tradicional, impropiamente llamada "Tridentina", que hoy miles de sacerdotes celebran legítimamente en todo el mundo.
No hay mejor forma de expresar gratitud a Benedicto XVI por el bien recibido, y de manifestar, al mismo tiempo, el propio sentimiento de protesta contra esta injusticia sufrida, que continuar celebrando con la conciencia tranquila el Santo Sacrificio de la Misa según el Rito Antiguo.
Ninguna ley contraria los obliga en conciencia. Quizá pocos se animarán a hacerlo, pero ceder para evitar males mayores, no servirá para alejar la tempestad que se cierne sobre el Instituto y sobre la Iglesia.


¡Por favor, deje su comentario!

23 comentarios:

Manu dijo...

El primer mandamiento de la Ley fue preguntado a Jesucristo por uno de los saduceos para ponerlo a prueba (Mt. 22: 36, pero lean hasta 46)
Y es que "debemos obedecer primero a Dios antes que a los hombres" (Hc. 5,29).LAS COBARDÍAS DIOS MISMO NOS LAS ECHARÁ EN CARA...

Ah y una pregunta con una respuesta simple para una simple católica cmo yo: ¿Porqué dice de Misa Tradicional, impropiamente llamada "Tridentina"?

Muchas gracias si obtengo respuesta, de todos modos bendición y gracia de Dios para Uds.

Anónimo dijo...

Es la misa codificada por San Pío V en Trento por eso tridentina o trentina.

Anónimo dijo...

Pero no te preocupes Manu que de esa misa no creo que celebren pues han quemado los misales en los sesenta setenta y la que celebran hoy en día es la modificada por roncalli.

Tomás dijo...

Las misas del motu propio, igual que las que celebra la Fraternidad, no es la Misa, promulgada por San Pío V para la parte latina de la Iglesia, sino la de Roncalli. Dado que esas misas son celebradas por sacerdotes jóvenes inválidamente ordenados y que encima usan las palabras de consagración falsificadas, las consagraciones son inválidas y en la "comunión" los asistentes solamente reciben pan.
Por otra parte tanto estos "sacerdotes" como los sacerdotes de la Fraternidad no son católicos y rezan la misa "una cum" Bergoglio.
Por todos estos motivos un verdadero católico no pueden asistir ni a las misas del motu propio ni a las de la Fraternidad.
+
En el caso de las misas del motu propio se agrega el hecho que yendo, uno se pone bajo el control de la jerarquía modernista. Ese es justamente el fin del motu propio del viejo zorro Ratzinger.

Página Católica dijo...

Manu:
El profesor dice que la Misa Antigua es "impropiamente" llamada "Tridentina", porque en realidad esta Misa (la Misa Romana), proviene de los apóstoles y hay quien afirma que el mismo San Pedro, enseñado por Cristo directamente, llevó a Roma la parte medular de la celebración.
Por eso se le ha tenido tanta veneración a este Rito, por arriba de cualquier otro rito católico.

En la época del Papa Gregorio Magno, siglo VI, el rito Romano de la Misa estaba sustancialmente igual que ahora. Por eso es mas propio llamarla Misa Gregoriana.

A lo largo de los siglos, hubo algunas introducciones no autorizadas al rito del que, en tiempo de San Pío V, siglo XVI, es decir, 1000 años después, había varias versiones con algunas diferencias. Luego del Concilio de Trento, San Pío V consultando los más antiguos documentos de que disponía codificó la Misa gregoriana y la sancionó a perpetuidad mediante la bula Quom Primun.
De allí que se la conoce también como misa Tridentina, pero ese nombre le queda chico porque como ya se dijo en muchísimo más antigua y a eso hace referencia el prof. de Mattei cuando dice que es impropio llamarla tridentina.

Quizá habría que llamarla Gregoriano Tridentina.

Hoy la Iglesia le llama oficialmente Modo Extraordinario del Rito Romano.

Espero haber sido de utilidad.

Saludos.

Página Católica dijo...

Tomás:

He borrado sus mensajes porque sigue diciendo disparates y mentiras a pesar de que se le hacen ver las pruebas de su error. Como los que comete al interpretar Summorum Pontificum.

Decir por ejemplo que en el Misal de 1962 se han cambiado las palabras de la consagración, no resiste el menor análisis. Allí se ha incluido sólo el nombre de San José al Canon.

Lamento ver su persistencia en el error y lo que es peor, en la mentira. ¿o dice las cosas sin verificar lo que le enseñan?

Saludos.

Tomás dijo...

Roncalli no ha cambiado las palabras de consagración, sino introducido a San José en el canon.
Nadie ha dicho otra cosa.
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?Qué mal interpreté al analizar el motu propio de Ratzinger?
He dicho que la afirmación, según la cual gracias a ese documento todo sacerdote puede rezar la misa de 1962 cuando y donde quiera sin permiso de la jerarquía modernista es falso. ?Qué tiene de erróneo eso?

Anónimo dijo...

Y mientras los neocatecumenales con sus misas sacrilegas..

Por lo menos los hermanos no celebraron el novus ordo por lo que se ve..

Tomás dijo...

Página Católica

Su descripción de la evolución de la Misa es correcta.
La mejor forma de llamarla es Santa Misa, pues en la parte latina de la Iglesia predomina en un 99% ese rito. Otros ritos, por el ejemplo el Rito Ambrosiano, tiene muchísima menor importancia.
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Cuando hablo de menor importancia me refiero a la extensión del rito, no a su valor, pues las misas de todos los ritos, tanto occidentales como orientales, tienen el mismo valor ante Dios.
Siempre y cuando sean rezadas por un sacerdote católico, pues la Fe es necesaria para agradar a Dios (Hebreos 11,6).
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Por ello, todas las misas de los modernistas, con consagración válida o no, no agradan a Dios.

Página Católica dijo...

Tomás: No sé qué le pasa a Ud.

En el comentario que había borrado y ahora repuse Ud. dijo:
Las misas del motu propio, igual que las que celebra la Fraternidad, no es la Misa, promulgada por San Pío V para la parte latina de la Iglesia, sino la de Roncalli. Dado que esas misas son celebradas por sacerdotes jóvenes inválidamente ordenados y que encima usan las palabras de consagración falsificadas, las consagraciones son inválidas y en la "comunión" los asistentes solamente reciben pan.

Si el misal que usan los sacerdotes jóvenes es el de Roncalli y ellos dicen las palabras de consagración falsificadas, según Ud., se entiende que están falsificadas en ese misal.

Al menos yo no pude interpretar otra cosa. Ahora dice Ud. que no cambió Juan XXIII esas palabras pero de su mensaje se desprende otra cosa, si no me equivoco.

Anónimo dijo...

A quién le importa?

Anónimo dijo...

Señores Tomás y Página Católica:
La Santa Misa del Rito Tradicional está indulgenciada, indultada, excepcionada y beneficiada para siempre por el santo y profético Papa Pío V.
La constitución "Quo Primum tempore" prohibe la derogación o modificación de la Bula y del Rito que protege, y permite su celebración a todo sacerdote en cualquier tiempo y en cualquier circunstancia; de hecho, se considera una norma inderogable de la Santa Iglesia.
Con buen sentido, hay quienes han interpretado que la protección de la Bula pontificia alcanza exclusivamente al Ordo Missæ y no a las partes variables de la Misa ni a las rúbricas que no son esenciales.

Don Juan de Austria dijo...

Quiero hacer hincapié en una frase del profesor, que es de capital importancia para saber la conducta que deberemos tener:

"Es por eso que, en caso de conflicto entre la ley humana y la ley divina, "debemos obedecer primero a Dios antes que a los hombres" (Hc. 5,29).
Se debe obediencia a los superiores porque representan la misma autoridad de Dios, y ellos la representan en cuanto custodian y aplican la ley divina.
Santo Tomás afirma que es mejor enfrentar la inmediata excomunión de la Iglesia, y refugiarse en tierras lejanas, donde el brazo secular no llega, antes que obedecer una orden injusta: «ille debet potius excommunicatione, sustinere (…) vel in alias regiones remotas fugere» (Summa Theologiae, Suppl., q. 45, a. 4, ob. 3)."

Fundamental la definición del santo Doctor: "Santo Tomás afirma que es mejor enfrentar la inmediata excomunión de la Iglesia,...,antes que obedecer una orden injusta".
Que orden mas injusta hay en temas litúrgicos que la que prohibió y lo sigue haciendo en los hechos, la Santa Misa tridentina?.

Vale recordar, para terminar, que solo gracias a la lucha y obra de Mons Lefebvre, hoy podemos gozar de la litúrgia tridentina. Sin él, tal vez todo habría sido sepultado en el olvido.
Recemos agradecidos por su alma y por la conversión de la Roma conciliar a la Fe católica de siempre.

+++
ille debet potius excommunicatione, sustinere (…) vel in alias regiones remotas fugere» (Summa Theologiae, Suppl., q. 45, a. 4, ob. 3).
+++

FRANCISCO dijo...

Carta del Papa Francisco a los católicos tradicionalistas
Que ha sido recibida con entusiasmo



A los católicos tradicionalistas de todo el ,mundo

Es para mi un gusto grande saludaros cuando venís de celebrar la santa misa según el modo extraordinario.

Es además ya tradición que en estas fechas alguna Congregación vaticana os dirija un mensaje de felicitación, acompañado de un tema que pueda ser objeto de una reflexión común. Este año, primero de mi Pontificado, quiero ser yo mismo quien firme este mensaje y enviároslo, queridos amigos, como expresión de estima y amistad hacia todos los católicos tradicionalistas y especialmente a los obispos y sacerdotes de esa línea.

Como sabéis, cuando los cardenales me han elegido obispo de Roma y Pastor universal de la Iglesia católica, elegí el nombre de Francisco, un santo muy célebre que ha amado tan profundamente a Dios y a cada ser humano hasta el punto de ser llamado el "Hermano universal".Amó, ayudó y sirvió a los necesitados, los enfermos y los pobres; además tuvo gran cuidado por la salvaguarda de la creación.

Soy consciente de que las dimensiones de la familia y la sociedad son especialmente importantes para los católicos tradicionalistas en estos tiempos y que hay paralelos con la fe y la práctica de los demás católicos en este terreno.

Este año el tema sobre el que quisiera reflexionar con vosotros y con todos los que lean este mensaje es algo que concierne a la vez a los católicos tradicionalistas y a los demás católicos; la promoción del respeto mutuo por medio de la educación.

El tema de este año pretende subrayar la importancia de la educación en función de la manera en la que nos comprendamos los unos a los otros sobre la base del respeto mutuo. "Respeto" significa una actitud de amabilidad hacia las personas por las que tenemos consideración y estima. "Mutuo" expresa un proceso que, lejos de tener un sentido único, implica que se comparta por ambas partes.

Lo que estamos llamados a respetar en cada persona es ante todo su vida, su integridad física, su dignidad con los derechos que de ella se derivan, su reputación, su patrimonio, su identidad étnica y cultural, sus ideas y sus opociones políticas. Por ello estamos llamados a pensar, hablar y escribir de manera respetuosa del otro, no solamente en su presencia sino siempre y en todo lugar, evitando la crítica injustificada y difamatoria. A este fin la familia, la escuela, la enseñanza religiosa y todas las formas de comunicación mediática tienen un papel determinante.

FRANCISCO dijo...

Para llegar al respeto mutuo entre los católicos a secas y los católicos tradicionalistas estamos llamados a respetar la religión del otro, sus enseñanzas, sus símbolos y sus valores. Por ello se reservará un respeto particular a las cabezas del tradicionalismo católico y a sus lugares de culto. ¡Qué dolorosos son los ataques a los unos y a los otros!

Está claro que cuando mostramos respeto por el modo de practicar la religión los católicos tradicionalistas o cuando les felicitamos por su catolicismo pretendemos simplemente compartir su alegría sin que por ello se trate de menospreciar otros modos de vivir el catolicismo.

En lo que concierne a la educación de los jóvenes católicos tradicionalistas y a la de los demás jóvenes católicos, debemos animar a nuestros jóvenes a pensar y hablar de manera respetuosa de los otros modos de vivir el catolicismo y de aquellos que los practican, evitando rediculizar o denigrar sus convicciones y sus ritos.

Sabemos todos que el respeto mutuo es fundamental en toda relación humana y especialmente entre quienes profesan una creencia religiosa. Sólo así puede crecer una amistad duradera y sincera.

Recibiendo recientemente a los dicasterios de la Curia, les dije: "No se pueden vivir lazos verdaderos con Dios ignorando a los otros. Por ello es importante intensificar el diálogo entre las distintas sensibilidades católicas. Pienso sobre todo en el diálogo con los católicos tradicionalistas. Y he apreciado mucho la presencia en la misa del comienzo de mi ministerio de numerosos católicos tradicionalistas". Con estas palabras quise subrayar una vez más la gran importancia del diálogo y la cooperación entre católicos y en particular con los católicos tradicionalistas, así como la necesidad de reforzar esa cooperación.

Es con estos sentimientos como reitero la esperanza de que todos los católicos sean verdaderos promotores del respeto mutuo y de la amistad, en particular por medio de la educación.

Buena fiesta a todos.

En el Vaticano a 10 de julio de 2013.

Francisco.

Anónimo dijo...

Poco importa lo que diga el usurpador, anda a postear eso a infocatólica, aca no creo que lo lean, no gastes tu tiempo.-

Juan sin tierra dijo...

Anónimo anterior: esto es una broma que nos ha jugado FRANCISCO (el que escribe aquí con ese nick, no el Papa) que ha copiado una carta publicada por La Cigüeña de la Torre quien la ha compuesto en base al mensaje que el Papa dirigió a los musulmanes al inicio del Ramadán, pero cambiando la palabra "musulmanes" por "Católicos tradicionalistas".

Es decir, esta carta la ha dirigido Francisco el Papa al Islam.

Saludos y espero que no se sulfure.

Jorge Rodríguez dijo...

Otra vez ese numero diabólico 11:

"Contrariamente a lo anunciado el domingo anterior, y en razón de que el Decreto de intervención que afecta a los Frailes Franciscanos de la Inmaculada había sido firmado el 11 de Julio, éste entraba en vigencia a partir de las primeras horas del 11 de Agosto, por lo cual la misa no podía ser celebrada como se había anunciado."

http://www.aguasvivas.cl/revistas/35/numeros.htm

Anónimo dijo...

Juan el sulfuroso es bergoglio jajaj

Anónimo dijo...

Pues yo me he tragado la broma de la carta jajajaj casi me da un infarto

Anónimo dijo...

Yo por las dudas ni la leí jajaja

Anónimo dijo...

Acá encontré más coincidencias acerca del número 11.
Tal vez demasiado para ser casual, ja.:
http://www.taringa.net/posts/offtopic/6595404/El-misterio-detras-del-numero-11-catastrofe.html

Anónimo dijo...

Cábala ........